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1. FUNDAMENTACIÓN
Corporación Educacional Futuro, entidad sostenedora del Colegio Bosquemar Establecimiento Educacional Particular Subvencionado, adherido al sistema de Financiamiento Compartido (FICOM), el cual tiene por objetivo asegurar a todas las personas el ejercicio del derecho a la educación, tal como señala la constitución Política de la República, tratados internacionales ratificados por Chile, y demás normativa legal vigente que regula esta materia.
El siguiente reglamento de becas tiene por finalidad regular el procedimiento, mecanismo de selección y requisitos para postular a la beca de estudiantes con problemas socioeconómicos.
2. REFERENCIA
DFL 2/1998: Sobre subvenciones del Estado a Establecimientos Educacionales.
Decreto 478: Aprueba reglamento que establece los procedimientos que pone termino al financiamiento compartido, de conformidad a los articulos vigésimo primero transitorio y siguientes de la ley 20.845.
Ley 20.845 : De inclusión escolar que regula la admisión de los y las estudiantes, elimina el lucro en establecimientos educacionales que reciben aportes del Estado.
3. CONSIDERACIONES GENERALES
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En conformidad a lo dispuesto en el Titulo II, artículos 4º y 5º del Decreto 478, el Colegio Puerto Montt contará con un fondo de becas activo y disponible para todos sus estudiantes, esto dado que es un Colegio Particular Subvencionado con Financiamiento Compartido.
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Todas las bases normativas de dicho fondo de becas, tanto en su monto, asignación y otros detalles se encuentran en el Título II del Decreto de Fuerza de Ley N°2 DE 1998 del Ministerio de Educación.
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El beneficio de Beca de Financiamiento Compartido, consiste en la eximición de una parte del copago por escolaridad que debe cancelar el Sostenedor Financiero del estudiante, de acuerdo con los montos y fechas indicadas en el contrato de prestación de servicios educativo.
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La Comisión de Calificación y Selección de Becas, estará integrada por; los Departamentos de Convivencia Escolar, Finanzas y Encargada del Proceso de Admisión Escolar, ( SAE). Dicha comisión será la encargada de revisar y determinar la asignación del beneficio, siempre considerando que los 2/3 de dicho fondo se entregue basándose específicamente en condiciones de vulnerabilidad socioeconómica, tal indica el DFL Nº2 de 1998.
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Todos los alumnos matriculados en el Establecimiento Educacional, según la normativa vigente y el presente reglamento, tienen derecho a postular al fondo de becas.
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Para aquellos alumnos que tienen la calidad de prioritarios, NO es necesario efectuar el proceso de postulación; puesto que, cuentan con el beneficio de gratuidad de acuerdo con la Ley de Subvención Escolar Preferencial, (S.E.P). El apoderado es responsable de verificar la condición de su hijo/a para el año lectivo 2025, y presentar el certificado de alumno prioritario al momento de la matrícula.
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Se debe entender que la sola postulación a la beca no implica necesariamente la adjudicación de esta, ya que como se indicó anteriormente el colegio, tal cual mandata la ley, cuenta con un fondo de becas limitado, cuyo monto es determinado por dicha ley, por lo que no es posible entregar en este proceso, becas por sobre dicho monto establecido.
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El establecimiento NO cuenta becas por hermanos.
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El tiempo de vigencia de la beca para el año lectivo 2025, será desde marzo a diciembre de dicho año.
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La asignación del porcentaje de becas será de un 20% sobre el costo anual de la colegiatura. Cabe mencionar que esto dependerá de las variables e indicadores a evaluar, de acuerdo con la siguiente tabla.
VARIABLE
PONDERACIÓN
Ingreso Per cápita del hogar
Registro Social de Hogares (RSH)
Factores de riesgo (Enfermedad)
40%
30%
30%
TOTAL PONDERADO
100%
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Toda la información entregada por los apoderados en la postulación de becas se considerará veraz y transparente, por lo que, el apoderado postulante será responsable legalmente de cualquier acción u omisión en la entrega de los datos que no se apegue fielmente a la realidad.
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De comprobarse la falta de veracidad de los datos proporcionados por el apoderado, el estudiante perderá la asignación del beneficio, previa evaluación del comité.
DEFINICIÓN DE VULNERABILIDAD
Se entendera como alumno en condición de vulnerabilidad socioeconómica a aquel que, evaluada su situación económica, social y familiar, refleje una imposibilidad a sus padres, apoderados y/o tutores legales de dar cumplimiento a las mensualidades que se establece el contrato de prestación de servicios educacionales del año respectivo.
4. ANTECEDENTES Y REQUISITOS PARA POSTULACIÓN A BECA
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Ser alumno regular del Colegio Bosquemar.
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Acreditar situación de vulnerabilidad socioeconómica.
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Al momento de la postulación debe acreditar su situación presentando la siguiente documentación:
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Cartola de registro social de hogares actualizada a septiembre del 2025.
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Últimas tres liquidaciones de sueldo de los padres y/o jefe de hogar.
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Finiquito actualizado en caso de que el sostenedor financiero se encuentre cesante (copia legalizada ante notario)
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De ser necesario, se debe presentar certificado médico actualizado del jefe de hogar y/o algún familiar directo del alumno; entendiendo este último, como: padres y hermanos/as que acredite una patología y/o enfermedad limitante y que incurran en gastos por concepto de medicamentos (se debe presentar boletas actualizadas de los gastos incurridos).
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En caso de no cumplir con toda la documentación solicitada, el estudiante quedará fuera del proceso postulación.
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La documentación debe ser enviada y formato PDF y que sea legible; de lo contrario, no será considerada para su evaluación.
Es requisito obligatorio que no se mantengan deudas pendientes al momento de la asignación del beneficio.
MECANISMO DE POSTULACIÓN
La postulación se realizará única y exclusivamente mediante el formulario digital disponible en la página web del colegio: www.colegiobosquemar.cl . No se recepcionará documentación en forma presencial, puesto que, los datos se completan en línea mediante la plataforma, junto con ello, se deberá adjuntar la documentación en formato PDF.
FECHAS IMPORTANTES
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Desde el 29 de octubre hasta el 04 de noviembre del presente, se dará inicio postulación al fondo de becas año lectivo 2025 (postulación vía online)
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Desde el 05 de noviembre al 11 de noviembre proceso de revisión de documentos a cargo de la comisión evaluadora.
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Desde el 12 al 15 de noviembre entrega de resultados mediante la plataforma de Syscol (Notas net).
NOTA: Recuerde que el beneficio se hará efectivo, únicamente si el apoderado firma la carta de resultado de becas.
RESULTADOS Y RESOLUCIÓN DE ASIGNACIÓN DE BECA
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Los resultados de las becas serán entregados en línea, mediante la plataforma Syscol.
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Según las normas ministeriales, al momento de tomar conocimiento del resultado de la postulación a la beca, el apoderado deberá firmar el documento en duplicado quedando una copia para el postulante y otra para el colegio.
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El apoderado deberá firmar la carta de asignación de beca al momento de la matrícula.
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Se entenderá que, todo aquel apoderado y/o tutor legal que no firme la carta no se hará efectivo el beneficio.
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Se deja constancia que, según la normativa legal vigente, la lista de estudiantes becados es de carácter reservado, por lo tanto, no se hará público y no se entregará información sobre otros postulantes.
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Una copia de este Reglamento Interno de Becas, se entregará al Departamento Provincial de Educación de la Provincia de Llanquihue, teniendo dicho ejemplar como autentico para todos los efectos legales. Las modificaciones que se le introduzcan solo tendrán efectos, una vez que esta hayan sido entregada al Departamento Provincial de Educación.
Nombre Establecimiento: Colegio Bosquemar.
RBD: 40351-2
Tipo de Establecimiento: Particular Privado, con Financiamiento Compartido y Subvención.
Niveles de Enseñanza: Nivel medio mayor – Ed. Básica – Ed. Media Científico humanista.
Fono: +56 971058990
Correo electrónico: epinuer@colegiobosquemar.cl
Ubicación: Av. Los Notros 1561, Puerto Montt, Los Lagos, Chile
Sostenedor: Corporación Educacional Futuro
Última actualización: 29 de octubre del 2024